Clausula suelo.
En fechas recientes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha fallado a favor de la aplicación de la retroactividad total en cuanto a la devolución a los afectados de la totalidad de los importes pagados de más, por la aplicación de la conocida como «clausula suelo» en los préstamos hipotecarios.
Dicha sentencia es una consecuencia lógica de la anulación de dicha clausula en los contratos.
Desde hace tiempo, en nuestro despacho hemos realizado numerosos informes periciales, que han sido aportados en las demandas presentadas por los afectados para la cuantificación del perjuicio generado a los mismos por esta clausula. Normalmente, dichos informes tienen que ser posteriormente actualizados por el periodo transcurrido entre la presentación de la demanda y la fecha de la sentencia (favorable al afectado). Incluso, últimamente, tenemos muchas consultas sobre los cálculos realizados por las propias entidades bancarias en las ejecuciones de dichas sentencias, puesto que no siempre se ajustan a la realidad, y es necesario reclamar las diferencias que se han generado.
Así, en nuestro despacho, asesoramos y ayudamos, tanto al cliente final, como al profesional de la abogacía que tiene dudas de los cálculos económicos que son realizados por las propias entidades bancarias.